Más del 20% de los países del mundo carecen de litoral. De esos países, Bolivia es uno de los que goza de mayores facilidades de acceso al mar.
En virtud del Tratado de Paz y Amistad de 1904, Chile reconoció a favor de Bolivia y a perpetuidad “el más amplio y libre derecho de tránsito comercial por su territorio y puertos del Pacífico”.
Con el tiempo, no sólo el Tratado de Paz y Amistad de 1904 le ha otorgado a Bolivia el más amplio y libre acceso al mar. Durante el siglo XX, el Estado de Chile hizo una serie de esfuerzos en pos del beneficio económico y comercial del Estado de Bolivia, a través de una serie de obligaciones contraídas como son la Convención sobre Tránsito de 1937, el Tratado de Complementación Económica de 1955, el Protocolo Complementario sobre Facilidades para la Construcción del Oleoducto de 1955 y el Acuerdo sobre el Oleoducto de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos Sica Sica-Arica de 1957, entre otras, contribuyó a mejorar aún más las condiciones que garantizan a Bolivia el libre y pleno acceso al Océano Pacífico.
Autonomía aduanera de Bolivia en los puertos de Arica y Antofagasta
Como consecuencia del Tratado de 1904, Bolivia ejerce potestad aduanera en los puertos de Arica y Antofagasta sobre las cargas con destino a ese país. Implica que Bolivia tiene sus propias autoridades aduaneras en los puertos de Arica y Antofagasta y son dichas autoridades – y no las chilenas- las que emiten o autorizan la documentación relativa a la carga para su despacho a Bolivia.
Esto, además, significa que Bolivia tiene la facultad discrecional para dictar sus propios aranceles y fijar la tasa de los derechos de importación, entre otras medidas.
La facultad de tener autoridades aduaneras propias en los puertos chilenos es un elemento diferenciador del que dispone Bolivia y que no es aplicado en el caso de otros países sin litoral.
Derecho de las cargas bolivianas a permanecer almacenadas por plazos sustancialmente mayores
Las mercancías en tránsito bolivianas pueden permanecer en las zonas primarias de los puertos de Arica y Antofagasta por espacio de un año bajo la potestad aduanera boliviana. Este plazo puede extenderse por 3 meses más (90 días) bajo potestad aduanera chilena. Es decir, las mercaderías bolivianas pueden estar 1 año y 3 meses en las zonas primarias de los mencionados puertos chilenos (455 días).
En esas mismas zonas, las mercancías chilenas o de terceros países tienen un plazo de permanencia de sólo tres meses (90 días), al término del cual caen en la presunción de abandono, debiendo pagar multas para obtener su recuperación.
Almacenamiento gratuito
Bolivia goza de almacenamiento gratuito en los puertos de Arica y Antofagasta hasta por un año para sus importaciones y 60 días para sus exportaciones.
No existe gratuidad de almacenamiento en estos puertos para las cargas chilenas o de terceros países.
Esta gratuidad de almacenamiento en favor de la carga boliviana excede las obligaciones del libre tránsito previsto en el Tratado de 1904.
Tarifas preferenciales para el servicio de uso de muelle para la carga FIO
Existe una tarifa fija de 0,85 dólares por tonelada, que se aplica a todas las mercancías bolivianas cuyos fletes hayan sido pactados en condiciones FIO (Free in and out, el costo de la descarga es de quien contrata el flete) o bien, a las mercancías en que el pago del servicio de cargue y/o descargue sea de cargo del consignatario.
Esta tarifa reducida no se aplica a las cargas chilenas o de terceros países. En el Puerto de Arica, el mismo servicio tiene un costo de US$ 1,98 por tonelada.
Tarifas reducidas o preferenciales para el almacenamiento de cargas peligrosas
Chile aplica tarifas preferenciales para el servicio de almacenamiento de las cargas bolivianas de retiro o embarque inmediato (carga peligrosa). Así, mientras cada tonelada de carga de importación en tránsito boliviana paga US$ 1,04 por almacenamiento cubierto (por un período de 5 días), las mismas cargas, chilenas o de terceros países, deben pagar US$ 111,15 (por un período de 5 días).
Exención impositiva a todos los servicios aplicados a la carga boliviana en tránsito
La legislación chilena exime de todos los impuestos que puedan afectar a la carga procedente o con destino a Bolivia en libre tránsito por territorio chileno y asegura la exención del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a todos los servicios prestados a esa carga. Esta exención de IVA se ha extendido a los servicios que la nomenclatura especializada denomina “Gate In” y que consiste en el carguío de los contenedores vacíos en el puerto, el traslado de los mismos a los lugares de depósito, la descarga de estos contenedores en dichos lugares y su aseo básico.
En base a estos diversos factores, el “derecho de libre tránsito” es ejercido por Bolivia sin obstáculos, y en condiciones que se evalúan muy favorablemente, a la luz de las reglas generales contenidas en la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar.
Oleoducto Sica Sica – Arica
El libre tránsito tiene una expresión particular en el oleoducto Sica Sica – Arica. En éste, Chile otorgó a Bolivia en concesión de uso dos terrenos en Arica, uno de 13 hectáreas y otro de 3,5 , destinados a la operación y transferencia de hidrocarburos que se exportarían por el gasoducto. Asimismo, se entregó en concesión de uso una franja de terreno para la cañería desde Arica a la frontera de 10 metros de ancho y más de 150 kilómetros de largo, con una superficie que supera las 150 hectáreas.
Por un acuerdo de 1992, Chile permite el uso en los dos sentidos del ducto y de los almacenamientos de combustible, quedando dichas instalaciones aptas para la exportación e importación.
Chile y el comercio boliviano
Más de 7 mil empresas bolivianas realizan su comercio exterior a través de los puertos chilenos. En los últimos diez años, el movimiento de cargas bolivianas de importación y exportación, sólo en el puerto de Arica, aumentó en 800%, de acuerdo a las cifras de la Administración de Servicios Portuarios – Bolivia.
Los beneficios y privilegios de libre tránsito de Bolivia le cuestan a Chile cerca de US$100 millones anuales, aproximadamente. Esta cifra se ve ampliamente superada si se consideran los costos directos como inversiones en mantención de caminos y vías férreas, pago a las empresas portuarias por la gratuidad de almacenamiento y tarifas preferenciales, el no cobro de impuestos a la mercadería en tránsito hacia o desde Bolivia y los costos en que incurren los privados para facilitar el libre tránsito.
A esta cifra también se deben sumar todos los esfuerzos que Chile realiza continuamente para ampliar y mejorar la infraestructura portuaria, aduanera, caminera y línea férrea.
Por último, de los múltiples tratados comerciales que Chile ha suscrito, el único que fue negociado en forma asimétrica -es decir aceptando conceder más de lo recibido- es el Acuerdo de Complementación Económica con Bolivia. Mientras Chile otorgó arancel 0% a todos los productos bolivianos (salvo el azúcar en cuanto excediera las 6.000 toneladas), Bolivia sólo concedió arancel 0% a 300 productos chilenos.